domingo, 8 de febrero de 2015

    Pequeñas y medianas entidades

Están detalladas las características de las entidades para las cuales está destinada la NIIF para las PYMES. Se introduce al lector en la NIIF para las PYMES y se orienta en la definición de PYMES. Se describen los requerimientos y se indican los juicios esenciales que se necesitan para determinar si una entidad tiene o no obligación pública de rendir cuentas. Se deja claro que si una entidad tiene obligación pública de rendir cuentas, no puede aplicar ni cumplir la NIIF para las PYMES.

v Las pequeñas y medianas entidades (PYMES):
v no tienen obligación pública de rendir cuentas
v (b) publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos. Ejemplos de usuarios externos: propietarios que no están implicados en la gestión del negocio, acreedores actuales o potenciales y agencias de calificación crediticia.
v Principales grupos de usuarios:
v Bancos que efectúan los préstamos a las Pymes.
v Vendedores que toman decisiones sobre créditos y precios.
v Agencias de Calificación crediticia.
v Clientes de las Pymes.
v Accionistas de las Pymes.

La NIIF para Pymes está diseñada para ser aplicada en los estados financieros con propósito de información general y en otras informaciones financieras de entidades con ánimo de lucro que no tienen obligación pública de rendir cuentas. Es requisito obligatorio que la entidad efectúe, en las notas, una declaración explícita y sin reservas de cumplimiento con la NIIF para PYMES.

Casos en los que una entidad (empresa) no puede aplicar NIIF para PYMES:

v Cuando sus instrumentos de deuda (bonos) o de patrimonio (acciones) se negocian en un mercado público o están en proceso de emitirse estos instrumentos para negociar en un mercado público, ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado fuera de la bolsa de valores incluyendo mercados locales o regionales (mesas de dinero), o Mantiene activos en calidad de fiduciaria para un amplio grupo de terceros como uno de sus principales negocios. Ejemplos: las cooperativas de crédito, los bancos, las compañías de seguros, los intermediarios de bolsa.
v Tampoco aplica NIIF para PYMES, si las acciones de una entidad no se cotizan en una bolsa de valores, pero sí se negocian en un “mercado no organizado” Ejemplo: mesas de dinero, sujetas a regulaciones gubernamentales, aunque en un grado menor que en el caso de la bolsa de valores.
v El hecho de que una entidad suministre un servicio público fundamental (electricidad, agua, gas natural), el tamaño de la entidad y su relevancia en su economía local no hacen, por sí mismos, que la entidad tenga obligación pública de rendir cuentas.

v El hecho de que la controladora (Ejemplo: casa matriz) de una entidad negocie sus acciones en una bolsa de valores no hace, por sí mismo, que la entidad controlada (es decir, la subsidiaria) tenga obligación pública de rendir cuentas y, por lo tanto, aplicar NIIF plenas. En este caso, la controlada puede aplicar NIIF para PYMES, si cumple los requisitos de esta NIIF.

    Concepto y principios generales:

El objetivo de los estados financieros de una PYME (pequeña y mediana entidad) es suministrar información sobre la situación financiera, el rendimiento y los flujos de efectivo de la misma, de tal forma que sea útil para la toma de decisiones económicas y financieras de un amplio número de usuarios que, por diferentes circunstancias, no pueden demandar informes a la medida de sus necesidades concretas de información.
Los estados financieros también permiten mostrar los resultados de la gestión de la administración (gerencia) en un periodo determinado, o sea, el desempeño obtenido con los recursos y activos confiados a la gerencia.

·        Las características cualitativas de la información que se refleja en los estados financieros son:

v Comprensibilidad
v Relevancia
v materialidad o importancia relativa
v fiabilidad
v esencia sobre forma
v prudencia
v integridad
v comparabilidad
v oportunidad
v equilibrio entre costo y beneficio.

·        Hipótesis de negocio en marcha y devengo.

v Negocio en marcha: Al preparar los estados financieros, la gerencia de una entidad, que use esta NIIF, evaluará la capacidad que tiene la entidad para continuar en funcionamiento. Una entidad es un negocio en marcha, salvo que la gerencia tenga la intención de liquidarla o de hacer cesar sus operaciones, o cuando no exista otra alternativa más realista que proceder de una de estas formas. Al evaluar si la hipótesis de negocio en marcha resulta apropiada, la gerencia tendrá en cuenta toda la información disponible sobre el futuro, que deberá cubrir, al menos, los doce meses siguientes a partir de la fecha sobre la que se informa, sin limitarse a dicho periodo.

v Cuando la gerencia, al realizar esta evaluación, sea consciente de la existencia de incertidumbres significativas relacionadas con sucesos o condiciones que puedan contener dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar como negocio en marcha, revelará estas incertidumbres.

v Cuando una entidad no prepare los estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha, revelará este hecho, junto con las hipótesis sobre las que han sido elaborados, así como las razones por las que la entidad no se considera como un negocio en marcha.

v Base contable de acumulación (o devengo): Una entidad elaborará sus estados financieros, excepto en lo relacionado con la información sobre flujos de efectivo, utilizando la base contable de acumulación (o devengo). De acuerdo con esta base, las partidas se reconocerán como activos, pasivos, patrimonio, ingresos o gastos, cuando satisfagan las definiciones y los criterios de reconocimiento para esas partidas.

·        La situación financiera de una entidad se presenta en el estado de situación financiera, en el que se incluyen los activos, los pasivos y el patrimonio, en una fecha determinada. Las definiciones de sus elementos son las siguientes:

v Un activo es un recurso controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados, del que la entidad espera obtener, en el futuro, beneficios económicos. Para que un activo sea reconocido, como tal, se requiere que cumpla tres condiciones: i. que sea medible o cuantificable, Que sea controlable y iii. Que genere beneficios económicos futuros o flujos futuros de efectivo.

v Un pasivo es una obligación presente de la entidad, surgida a raíz de sucesos pasados. En su vencimiento, la entidad espera desprenderse de recursos que incorporan beneficios económicos.

v Patrimonio es el valor residual de los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos.

·        El resultado integral total es la diferencia aritmética entre ingresos y gastos; la entidad puede presentar el rendimiento obtenido en un periodo determinado, bien sea en el estado financiero denominado estado de resultado integral o, si lo prefiere, puede presentar dos estados financieros: un estado de resultados y un estado del resultado integral. Con frecuencia, el resultado integral total y el resultado se usan como medidas de rendimiento, o como la base de otras medidas; por ejemplo, el retorno de la inversión o las ganancias por acción.

·        Definición de ingresos y gastos:

v Ingresos son los incrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo sobre el que se informa. Se presentan en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o bien como decrementos de las obligaciones. Estos dan, como resultado, aumentos del patrimonio, distintos de las aportaciones de inversores de patrimonio.

v Gastos son los decrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo sobre el que se informa. Se presentan en forma de salidas o disminuciones del valor de los activos, o bien por la generación o aumento de los pasivos. Estos dan, como resultado, decrementos en el patrimonio, distintos de las distribuciones realizadas en los inversores de patrimonio.

v Reconocimiento es el proceso de incorporación en los estados financieros de una partida que cumple la definición de un activo, pasivo, ingreso o gasto y que satisface los siguientes criterios:

Ø  es probable que cualquier beneficio económico futuro asociado con la partida llegue a, o salga de la entidad; y
Ø  la partida tiene un costo o valor que pueda ser medido con fiabilidad.

Una partida que no cumple los criterios para su reconocimiento, puede cumplir las condiciones para su reconocimiento en una fecha posterior, como resultado de circunstancias o de sucesos posteriores.

v Medición es el proceso de determinación de los importes monetarios en los que una entidad mide los activos, pasivos, ingresos y gastos en sus estados financieros. Para realizar la medición, necesariamente debe ser seleccionada una base; las bases de medición utilizadas tradicionalmente son el costo histórico y el valor razonable, bajo los siguientes parámetros:

Ø  Para los activos, el costo histórico es el importe de efectivo o equivalentes al efectivo pagado, o el valor razonable de la contraprestación entregada para adquirir el activo en el momento de su adquisición.

Ø  Para los pasivos, el costo histórico es el importe de lo recibido en efectivo o equivalentes al efectivo o el valor razonable de los activos no monetarios recibidos a cambio de la obligación, en el momento en que se incurre en ella.

Ø  El costo histórico amortizado es el costo histórico de un activo o pasivo más o menos la parte de su costo histórico reconocido anteriormente como gasto o ingreso.

Ø  Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo, o cancelado un pasivo, entre un comprador y un vendedor interesado y debidamente informado, que realizan una transacción en condiciones de independencia mutua.

Los requerimientos para el reconocimiento y medición de activos, pasivos, ingresos y gastos en esta NIIF están basados en los principios generales que se derivan del Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros del IAS B y las NIIF completas.

   Presentación del estado financiero

Permite conocer los requerimientos generales para la presentación de estados financieros de acuerdo con la NIIF para las PYMES.

·        Presentación razonable: Los estados financieros presentarán razonablemente, la situación financiera, el rendimiento financiero y los flujos de efectivo de una entidad. La presentación razonable requiere la representación fiel de los efectos de las transacciones, otros sucesos y condiciones, de acuerdo con las definiciones y criterios de reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos establecidos.

·        Cumplimiento con la NIIF para PYMES: Una entidad cumple con la NIIF para PYMES, cuando en sus estados financieros efectúa en las notas una declaración, explícita y sin reservas de dicho cumplimiento. Los estados financieros no deberán señalar que cumplen la NIIF para las PYMES a menos que cumplan con todos los requerimientos de esta NIIF.

·        Uniformidad en la presentación: Una entidad mantendrá la presentación y clasificación de las partidas en los Estados financieros de un periodo a otro, a menos que, tras un cambio importante en la naturaleza de las actividades de la entidad o una revisión de sus estados financieros, se ponga de manifiesto que sería más apropiada otra presentación o clasificación, tomando en consideración los criterios para la selección y aplicación de las políticas contables contenidos en la Sección 10

·        Políticas Contables.
v La naturaleza de la reclasificación.
v El importe de cada partida o grupo de partidas que se han reclasificado.
v El motivo de la reclasificación.

Cuando la reclasificación de los importes comparativos sea impracticable, una entidad revelará por qué no ha sido practicable la reclasificación.

v Información comparativa: A menos que la NIIF permita o requiera otra cosa, una entidad revelará Información comparativa respecto del periodo comparable anterior para todos los importes presentados en los estados financieros del periodo corriente. Una entidad incluirá información comparativa para la información de tipo descriptivo y narrativo, cuando esto sea relevante para la comprensión de los estados financieros del periodo corriente.

v Materialidad (importancia relativa) y agrupación de datos: Una entidad presentará, por separado, cada clase significativa de partidas similares. Una entidad presentará, por separado, las partidas de naturaleza o función distinta, a menos que no tengan importancia relativa. Las omisiones o inexactitudes de partidas son significativas si pueden, individualmente o en su conjunto, influir en las decisiones económicas tomadas por los usuarios sobre la base de los estados financieros.

v Negocio en marcha: Al preparar los estados financieros, la gerencia de una entidad que use esta NIIF evaluará la capacidad que tiene la entidad para continuar en funcionamiento. Una entidad es un negocio en marcha, salvo que la gerencia tenga la intención de liquidarla o de hacer cesar sus operaciones, o cuando no exista otra alternativa más realista que proceder de una de estas formas. Al evaluar si la hipótesis de negocio en marcha resulta apropiada, la gerencia tendrá en cuenta toda la información disponible sobre el futuro, que deberá cubrir al menos los doce meses siguientes a partir de la fecha sobre la que se informa, sin limitarse a dicho periodo.
Cuando la gerencia, al realizar esta evaluación, sea consciente de la existencia de incertidumbres significativas relativas a sucesos o condiciones que puedan aportar dudas importantes sobre la capacidad de la entidad de continuar como negocio en marca, revelará estas incertidumbres. Cuando una entidad no prepare los estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha, revelará este hecho, junto con las hipótesis sobre las que han sido elaborados, así como las razones por las que la entidad no se considera como un negocio en marcha.

v Conjunto completo de estados financieros: En un conjunto completo de estados financieros, una entidad presentará cada estado financiero con el mismo nivel de importancia.

Un conjunto completo de estados financieros de una entidad incluirá todo lo siguiente:

Ø  Un estado de situación financiera a la fecha sobre la que se informa.

Ø  Una u otra de las siguientes informaciones:

§  Estado de resultados separado y un estado del resultado integral separado. Si una entidad elige presentar un estado de resultados y un estado del resultado integral, el estado del resultado integral comenzará con el resultado y, a continuación, mostrará las partidas de otro resultado integral.

§  Ganancias acumuladas en lugar del estado del resultado integral y del estado de cambios en el patrimonio. Si una entidad no tiene partidas de otro resultado integral en ninguno de los periodos para los que se presentan estados financieros, puede presentar solo un estado de resultados o un estado del resultado integral en el que la última línea se denomine “resultado”.

Ø  Un estado de flujos de efectivo del periodo sobre el que se informa.

Ø  Notas, que comprenden un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa.

Una entidad puede utilizar, para los estados financieros, títulos distintos de los empleados en la NIIF para Pymes, siempre que ellos no ocasionen confusión.

·        Identificación de los estados financieros: Una entidad identificará claramente cada uno de los estados financieros y de las notas y los distinguirá de otra información que esté contenida en el mismo documento. Además, una entidad presentará la siguiente información de forma destacada, y la repetirá cuando sea necesario para la comprensión de la información presentada:

·        Presentación de información no requerida por esta NIIF: Esta NIIF no trata los siguientes temas:
v Presentación de la información por segmentos

v las ganancias por acción o la información financiera intermedia de una pequeña o mediana entidad.

v Una entidad que decida revelar esta información describirá los criterios para su preparación y presentación.

El objeto del estudio de esta sección pretende lograr lo siguiente:

·        Conocer los componentes de un conjunto completo de estados financieros y comprender cómo se identifican y distinguen estos componentes de otra información presentada en el  mismo documento publicado.

·        Comprender los requerimientos generales para los estados financieros a fin de presentar razonablemente la situación financiera, el rendimiento financiero y los flujos de efectivo de una entidad.

·        Saber cómo evaluar la capacidad que tiene una entidad para continuar como negocio en marcha.

·        Comprender la contabilidad y la información financiera requerida cuando incertidumbres significativas suscitan dudas importantes sobre la capacidad de la entidad de continuar como negocio en marcha, así como los requerimientos en el caso de determinar que la entidad no es un negocio en marcha.

·        Comprender los requerimientos de uniformidad en la presentación y la información comparativa de los estados financieros.

·        Poder demostrar comprensión de los juicios esenciales que se necesitan para presentar los estados financieros, incluidos los juicios para evaluar la materialidad (o importancia relativa) y el negocio en marcha.

   Estado financiero consolidados y separados

Esta sección define las circunstancias en las cuales una entidad presenta estados financieros consolidados, la presentación de estados financieros separados y estados financieros combinados.

Las controladoras tienen el poder para dirigir las políticas financiera y de operación de una entidad, para obtener beneficios de sus actividades.

Las controladoras se caracterizan por poseer, a través de subsidiarias, más de la mitad del poder de voto de una entidad, también cuando tiene poder sobre más de la mitad de los derechos de voto, en virtud de un acuerdo con otros inversores.

Se elaboran estados financieros consolidados porque deben utilizar políticas contables uniformes para informar sobre las transacciones y otros eventos iguales que cada uno de ellos realicen.

Al elaborar los estados financieros consolidados, la controladora combinará sus estados financieros con los de la subsidiaria, agregando las partidas que representen activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos de contenido similar, para que los estados financieros consolidados presenten información financiera del grupo, como si se tratase de una sola entidad económica. Se deberán identificar las participaciones no controladoras en el resultado de las subsidiarias consolidadas, que se refieran al periodo sobre el que se informa; y se identificarán por separado las participaciones no controladoras en los activos netos de las subsidiarias consolidadas, de las de la participación de la controladora en éstos.

Si la controladora es subsidiaria o no tiene otras subsidiarias a cargo, distintas de la que se adquirió con la intención de su venta o disposición en el plazo de un año, no será necesario que la controladora elabore estados financieros consolidados.

La entidad controladora presentará estados financieros consolidados en los que consolide sus inversiones en subsidiarias de acuerdo con lo establecido en esta NIIF. En los estados financieros consolidados, se incluirán todas las subsidiarias de la controladora.

Una controladora no necesita presentar estados financieros consolidados si:
·       
se cumplen las dos condiciones siguientes:

v la controladora es ella misma una subsidiaria

v su última controladora (o alguna de las controladoras intermedias) elaboran estados financieros consolidados con propósito de información general que cumplan con las Normas Internacionales de Información Financiera completas o con esta NIIF

v no tiene subsidiarias distintas de la que se adquirió con la intención de su venta o disposición en el plazo de un año. Una controladora contabilizará esta subsidiaria

v al valor razonable con cambios en el valor razonable reconocidos en el resultado, si el valor razonable de las acciones se puede medir con fiabilidad

v  en otro caso, al costo, menos el deterioro del valor.

Una entidad preparará estados financieros consolidados que incluyan la entidad y cualquier entidad de cometido específico (ECE) que esté controlada por esa entidad.
Una entidad presentará las participaciones no controladoras en el estado de situación financiera consolidado dentro del patrimonio, por separado del patrimonio de los propietarios de la controladora.

Una entidad revelará las participaciones no controladoras en los resultados del grupo, por separado del estado del resultado integral y en el estado de resultados, si se presenta.

·        En los estados financieros consolidados, deberá revelarse la siguiente información:

v El hecho de que los estados son estados financieros consolidados.

v La base por la que se determina que existe control cuando la controladora no posee, directa o indirectamente, a través de subsidiarias, más de la mitad del poder de voto.

v Cualquier diferencia en la fecha en la que se informa de los estados financieros de la controladora y sus subsidiarias, utilizados para la elaboración de los estados financieros consolidados.

v La naturaleza y el alcance de cualquier restricción significativa (por ejemplo, las procedentes de acuerdos sobre fondos tomados en préstamo o requerimientos de los reguladores) sobre la capacidad de las subsidiarias para transferir fondos a la controladora, en forma de dividendos, en efectivo o de reembolsos de préstamos.

·        Información a revelar en los estados financieros separados: Cuando una controladora, un inversor en una asociada o un participante con una participación en una entidad controlada de forma conjunta elaboren estados financieros separados, revelará en ellos la siguiente información:

v el hecho de que los estados son estados financieros separados 

v una descripción de los métodos utilizados para contabilizar las inversiones en subsidiarias, entidades controladas de forma conjunta y asociadas, e identificará los estados financieros consolidados u otros estados financieros principales con los que se relacionan.

·        Los estados financieros combinados revelarán la siguiente información:

v El hecho de que los estados financieros son estados financieros combinados.

v La razón por la que se preparan estados financieros combinados.
v La base para determinar qué entidades se incluyen en los estados financieros combinados.

v La base para la preparación de los estados financieros combinados.

v La información para revelar sobre partes relacionadas que se requiere en la Sección 33 Información para Revelar sobre Partes Relacionadas.



 Notas a los estados financieros

Esta sección establece los principios que rigen la información que se va a publicar en las notas de los estados financieros y cómo mostrarla. Las notas contienen información adicional a la presentada en el estado de situación financiera, estado del resultado integral, estado de resultados (si se presenta), estado de resultados y ganancias acumuladas combinado (si se presenta), estado de cambios en el patrimonio y estado de flujos de efectivo. Las notas suministran descripciones relatos o desagregaciones de partidas mostradas en esos estados e información acerca de partidas que no cumplen las condiciones para ser reconocidas en ellos. Además de las exigencias señaladas, casi todas las secciones de la NIIF para PYMES piden información para demostrar que habitualmente se muestran en las notas.

·        Mostrarán información sobre los asientos para la elaboración de los estados financieros y sobre las políticas contables definidas y manejadas;
·        Revelarán la información solicitada por esta NIIF que no se enuncie en otro lugar de los estados financieros;

·        Suministrarán información adicional que no se muestra en ninguno de los estados financieros, pero que es apreciable para el juicio de cualquiera de ellos.
·        Proveerán información adicional que no se muestra en ninguno de los estados financieros, pero que es apreciable para el juicio de cualquiera de ellos. Una organización mostrará las notas, en la medida en que sea realizable, de una forma sistemática. Una organización hará referencia para cada partida de los estados financieros a cualquier información en las notas con la que corresponda.

·        Una organización mostrará debidamente las notas en el siguiente orden:

v Una declaración que los estados financieros se han elaborado cumpliendo con la NIIF para las PYMES y realizará, en las notas, una declaración, explicita y sin reservas de dicho cumplimiento

v un resumen de las políticas contables propias utilizadas

v una información de soporte para las partidas mostradas en los estados financieros en la misma disposición en que se presente cada estado y cada partida cualquier otra información para revelar.

·        Una organización revelará lo siguiente, en el resumen de políticas contables propias:

·        La base (o bases) de comprobación utilizada para la preparación de los estados financieros.

·        Las demás políticas contables utilizadas que sean notables para el entendimiento de los estados financieros.

·        Una organización revelará, en el resumen de las políticas contables significativas o en otras notas, los juicios, diferentes de aquéllos que impliquen apreciaciones, que la gerencia haya elaborado al utilizar las políticas contables de la organización y que tengan el resultado más importante sobre los importes apreciables en los estados financieros.

·        Una organización revelará, en las notas, información sobre los conjeturados clave acerca del futuro y otras causas clave de fluctuación en la apreciación en la fecha sobre la que se participa, que posean un riesgo demostrativo de causar ajustes demostrativos en el importe en libros de los activos y pasivos entre el ejercicio contable siguiente. En relación con esos activos y pasivos, las notas contendrán detalles de:

v Su naturaleza.

v Su importe en libros al final del lapso sobre lo que se informa.

    Políticas contables, estimaciones y errores

En esta sección, se estudian los cambios en las estimaciones contables, correcciones de errores. Es una guía para seleccionar y aplicar las políticas contables que se usan en la preparación de estados financieros.

La Sección 10 -Políticas Contables, Estimaciones y Errores- explica los juicios utilizados para desarrollar, seleccionar, modificar y aplicar, de manera uniforme, una política contable para transacciones, otros sucesos y condiciones que sean similares. Se considera, además, como una guía de implementación relevante, emitida por el IAS B.

·        Políticas contables: Son políticas contables los principios, bases, convenciones, reglas y procedimientos específicos adoptados por una entidad al preparar y presentar estados financieros.

·        Una entidad cambiará una política contable solo si el cambio:

v es requerido por cambios a esta NIIF,

v da lugar a que los estados financieros suministren información fiable y más relevante sobre los efectos de las transacciones, otros hechos o condiciones sobre la situación financiera, el rendimiento financiero o los flujos de efectivo de la entidad.

·        No constituyen cambios en las políticas contables:

v La aplicación de una política contable para transacciones, otros hechos o condiciones que difieren sustancialmente de los ocurridos con anterioridad.

v La aplicación de una nueva política contable para transacciones, otros hechos o condiciones que no han ocurrido anteriormente, o que no eran significativos.

v Un cambio en el modelo del costo, cuando ya no está disponible una medida fiable del valor razonable (o viceversa), para un activo que esta NIIF requeriría o permitiría, en otro caso, medir el valor razonable.

·        Constituye un cambio de política contable, si al permitir la norma para una transacción específica u otro hecho o condición la elección de tratamiento contable (que incluye base de medición), la entidad la cambia.

Una entidad puede cambiar su política contable voluntariamente solo si el cambio da lugar a estados contables que ofrecen información fiable y más relevante acerca de los efectos de las transacciones u otros hechos o condiciones sobre la situación financiera, el rendimiento o los flujos de efectivo de la entidad.

Una entidad contabilizará los cambios de política contable si éstos provienen de requerimientos de la NIIF. También cuando una entidad haya elegido seguir la NIC 39, Instrumentos Financieros, en lugar de seguir la Sección 11, Instrumentos Financieros Básicos, y la Sección 12, Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros; como permite el párrafo 11.2.

Así mismo, contabilizará cualquier otro cambio de política contable de forma retroactiva (véase el párrafo 10.12). Cuando se aplique un cambio de política contable, de forma retroactiva de acuerdo con el párrafo 10.11, la entidad aplicará la nueva política contable a la información comparativa de los periodos anteriores, desde la primera fecha que sea practicable, como si la nueva política contable se hubiese aplicado siempre. Cuando sea impracticable determinar los efectos -en cada periodo específico de un cambio en una política contable sobre la información comparativa para uno o más periodos anteriores para los que se presente información- la entidad aplicará la nueva política contable -a los importes en libros de los activos y pasivos- al principio del primer periodo, para que sea practicable la aplicación retroactiva, éste primer periodo podría ser el actual, y efectuará el correspondiente ajuste a los saldos iniciales de cada componente del patrimonio que se vea afectado para ese periodo.

·        Estimaciones: Un cambio, en una estimación contable, es un ajuste que procede de la evaluación de la situación actual de los activos y pasivos, así como de los beneficios y las obligaciones que se prevén a futuro en relación con dichos activos y pasivos. El ajuste puede realizarse, en el importe, en libros de un activo o un pasivo, o en el gasto que refleja el consumo del activo. Los cambios en las estimaciones contables son el resultado de nueva información o nuevos acontecimientos y, en consecuencia, no son correcciones de errores.

Excepto en circunstancias claramente definidas, los cambios en las estimaciones contables se aplican en forma prospectiva. Esto significa que el efecto de un cambio se incluye en los resultados del periodo del cambio, si éste afecta sólo a dicho periodo, y en el periodo del cambio y en periodos futuros si el cambio afectase a todos ellos.

·        Errores: Los errores de un periodo anterior son omisiones e inexactitudes en los estados financieros de la entidad, para uno o más periodos anteriores. Surgen de no emplear información fiable que se encontraba disponible, cuando los estados financieros para esos periodos fueron autorizados para su publicación; siempre y cuando, se pudiese esperar razonablemente la obtención y utilización de dicha información en la preparación y presentación de dichos estados financieros. También se originan de un error al utilizar dicha información.

Las omisiones o inexactitudes de partidas tienen importancia significativa, si su omisión en los estados financieros pueden influir o modificar las decisiones económicas tomadas por los usuarios o stakeholders. La materialidad (o importancia relativa) depende de la magnitud y la naturaleza de la omisión o inexactitud, analizada en función de las circunstancias particulares en que se haya producido.

A excepción de las circunstancias especificadas en la NIIF para las PYMES, todos los cambios en las políticas contables y las correcciones de errores de un periodo anterior se contabilizan en forma retroactiva. Esto significa que la información comparativa, en los estados financieros, se re expresa para reflejar transacciones y hechos conforme a la nueva política contable. Como si dicha política se hubiera aplicado siempre, y que los errores de un periodo anterior se corrigen en el periodo en que se produjeron. La aplicación retroactiva de las políticas contables y la re expresión retroactiva de errores, de un periodo anterior, aumenta la relevancia y la fiabilidad de los estados financieros de una entidad, al compararlos en el tiempo y con los estados financieros de otras entidades.

·        En la medida en que sea practicable, una entidad corregirá, en forma retroactiva, los errores significativos de periodos anteriores, en los primeros estados financieros formulados después de su descubrimiento:

v re expresando la información comparativa para el periodo o periodos anteriores en los que se originó el error o

v si el error ocurrió con anterioridad al primer periodo para el que se presenta información, re expresando los saldos iniciales de activos, pasivos y patrimonio de ese primer periodo.

·        REVELACIONES

v Políticas: La definición de importancia relativa implica que no es necesario que una entidad revele información específica requerida por esta NIIF, si la información carece de importancia relativa. Además, una entidad no necesita aplicar sus políticas contables cuando el efecto de no aplicarlas carece de importancia relativa.

v Cuando una modificación a la NIIF para PYMES tenga un efecto en el periodo corriente o en cualquier periodo anterior, o pueda tener un efecto en futuros periodos, una entidad revelará:

Ø  La naturaleza del cambio en la política contable.

Ø  El importe del ajuste para cada partida afectada de los estados financieros para el periodo corriente y para cada periodo anterior del que se presente información, en la medida en que sea practicable.

Ø  El importe del ajuste relativo a periodos anteriores a los presentados, en la medida en que sea practicable.

Ø  Una explicación en el caso de que la determinación de los importes para revelar de los apartados (b) o (c) anteriores, no sea practicable.

v Cuando un cambio voluntario en una política contable tenga un efecto en el periodo corriente o en cualquier periodo anterior, una entidad revelará:

Ø  La naturaleza del cambio en la política contable.

Ø  Las razones por las que la aplicación de la nueva política contable suministra información fiable y más relevante.

Ø  En la medida en que sea practicable, el importe del ajuste para cada partida de los estados financieros afectados, mostrado por separado:

§  para el periodo corriente

§  para cada periodo anterior presentado y

§  para periodos anteriores a los presentados, en forma agregada.

Ø  Una explicación en el caso de que sea impracticable la determinación de los importes para revelar en el apartado anterior.

v Estimaciones: Una entidad revelará la naturaleza de cualquier cambio en una estimación contable y el efecto del cambio sobre los activos, pasivos, ingresos y gastos para el periodo corriente. Si es practicable para la entidad estimar el efecto del cambio sobre uno o más periodos futuros, la entidad revelará estas estimaciones.

v Errores: Una entidad revelará la siguiente información sobre errores en periodos anteriores:

Ø  La naturaleza del error del periodo anterior.

Ø  Para cada periodo anterior presentado, en la medida en que sea practicable, el importe de la corrección para cada partida afectada de los estados financieros.

Ø  En la medida en que sea practicable, el importe de la corrección al principio del primer periodo anterior sobre el que se presente información.

Ø  Una explicación, si no es practicable determinar los importes para revelar en los apartados (b) o (c) anteriores.

No es necesario repetir esta información para revelar en estados financieros de periodos posteriores.

Al terminar el estudio de esta sección, usted debe conocer los requerimientos de información financiera para las políticas contables, las estimaciones y los errores, conforme a la NIIF para las PYMES. Además, mediante la realización de los casos prácticos que simulan aspectos de aplicación real de dicho conocimiento, usted debe haber mejorado su capacidad para contabilizar políticas contables, estimaciones y errores de acuerdo con la NIIF para las PYMES. En el contexto de la NIIF para las PYMES, concretamente debe lograr lo siguiente:

·        distinguir entre un cambio en una estimación contable, la corrección de un error de un periodo anterior y un cambio en una política contable;
·        desarrollar una política contable para una transacción u otro hecho o condición que no se trate específicamente en la NIIF para las PYMES;
·        revelar políticas contables y contabilizar y revelar un cambio en una política contable en los estados financieros (incluso demostrar que se comprenden los ajustes necesarios según la aplicación retroactiva y la aplicación prospectiva de una política contable);
·        contabilizar y revelar un cambio en una estimación contable en los estados financieros;
·        contabilizar y revelar la corrección de un error de un periodo anterior en los estados financieros;
·        demostrar que se comprenden los juicios profesionales esenciales necesarios para realizar estimaciones y para determinar y aplicar políticas contables.


    Instrumentos financieros básicos

Esta norma establece principios para presentar los instrumentos financieros como pasivos o patrimonio neto y para compensar activos y pasivos financieros. Aplica la clasificación de instrumentos financieros, desde la perspectiva del emisor, en activos financieros, pasivos financieros e instrumentos de patrimonio; clasificación de los intereses, dividendos, así como las pérdidas y ganancias relacionadas con ellos, también en las circunstancias que obligan a la compensación de activos y pasivos financieros.
Un instrumento financiero es cualquier contrato que dé lugar, simultáneamente, a un activo financiero en una entidad y a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra entidad.

·        Para los fines de la Sección 11, los instrumentos financieros básicos constan de lo siguiente:

v Efectivo

v instrumentos de pasivo (como una cuenta, pagaré o préstamo por cobrar o por pagar) que cumplan ciertas condiciones (en particular, los rendimientos para el tenedor son fijos o variables con un criterio de tasa de interés observable o cotizada de referencia única)

v compromisos de recibir un préstamo que no pueden ser liquidados por el importe neto en efectivo y se espera que el préstamo reúna las mismas condiciones que otros instrumentos de pasivo de esta sección;

v inversiones en acciones preferentes no convertibles y en acciones preferentes o acciones ordinarias sin opción de venta.

·        En un nivel alto, la decisión de si un activo o pasivo que surge de un contrato es un instrumento  financiero básico contabilizado según lo establecido en la Sección 11, implica ciertos pasos:

v El contrato debe dar lugar a un activo financiero de una entidad y a un pasivo financiero o un instrumento de patrimonio en otra entidad (véase el párrafo 11.3).

v La entidad debe haber optado por contabilizar los instrumentos financieros según lo establecido con las Secciones 11 y 12 (véase el párrafo 11.2)
.
v E l instrumento financiero no debe estar específicamente excluido del alcance de la Sección 11 (véase el párrafo 11.7). 

v El instrumento financiero debe ser (a) efectivo o (b) una inversión en acciones preferentes no convertibles y acciones preferentes o acciones ordinarias sin opción de venta o (c) un instrumento de pasivo que cumple los requerimientos del párrafo 11.9 o (d) un compromiso de recibir un préstamo que no puede liquidarse por el importe neto en efectivo y que, cuando se ejecute el compromiso, se espera que cumpla las condiciones del párrafo 11.9 (véase el párrafo 11.8).

·        Reconocimiento: La Sección 11 exige que un activo financiero o un pasivo financiero se reconozcan sólo cuando la entidad se convierta en una parte de las cláusulas contractuales del instrumento:

·        Medición: Cuando se reconocen, por primera vez, los instrumentos financieros, se miden a su precio de transacción, salvo que el acuerdo constituya, en efecto, una transacción de financiación. Si el acuerdo constituye una transacción de financiación, la partida se medirá inicialmente con el valor presente de los cobros futuros descontados a una tasa de interés de mercado, para un instrumento de deuda similar.

Luego del reconocimiento inicial, se aplica un modelo de costo amortizado (o, en algunos casos, un modelo del costo) para medir todos los instrumentos financieros básicos; excepto las inversiones en acciones preferentes no convertibles y sin opción de venta y en acciones ordinarias sin opción de venta que cotizan en bolsa, o cuyo valor razonable se puede medir de otra forma con fiabilidad.
Para dichas inversiones, esta sección exige una medición tras el reconocimiento inicial al valor razonable con cambios en el valor razonable reconocido en los resultados.

Esta sección exige, al final de cada periodo sobre el que se informa, una evaluación para determinar si existe evidencia objetiva de deterioro del valor de los activos financieros que se midan al costo al costo amortizado.

Cuando exista dicha evidencia, se reconocerá, de inmediato, una pérdida por deterioro del valor en los resultados. Si, en periodos posteriores, el importe de una pérdida por deterioro del valor disminuye y la disminución pudiera ser objetivamente relacionada con un evento que ocurre posterior al reconocimiento del deterioro, se revierte la pérdida por deterioro reconocida previamente. Sin embargo, la reversión no debe derivar en un activo financiero con un importe en libros revisados, superior al monto que el importe, en libros, hubiera alcanzado, si el deterioro del valor no se hubiera reconocido previamente.

·        Información para revelar: Para pasivos financieros medidos con el valor razonable, con cambios en resultados. Las entidades que solo tienen instrumentos financieros básicos (y, por lo tanto, no aplican la Sección 12) no tendrán ningún pasivo financiero medido con el valor razonable con cambios en resultados y, por lo tanto, no necesitarán revelar esta información.

De acuerdo con el párrafo 8.5, una entidad revelará información, en el resumen de las políticas contables significativas, sobre la base (o bases) de medición utilizadas para instrumentos financieros y otras políticas contables utilizadas para instrumentos financieros que sean relevantes para la comprensión de los estados financieros.

Una entidad revelará información que permita a los usuarios de sus estados financieros evaluar la relevancia de los instrumentos financieros en su situación financiera y rendimiento. Por ejemplo, para las deudas a largo plazo. Esta información, normalmente, incluiría los plazos y condiciones del instrumento de deuda (tal como la tasa de interés, el vencimiento, los plazos de reembolso y las restricciones que el instrumento de deuda impone sobre la entidad).

Para los activos y pasivos financieros, medidos con el valor razonable, la entidad revelará la base para determinar el valor razonable; esto es, el precio de mercado cotizado en un mercado activo o una técnica de valoración. Cuando se utilice una técnica de valoración, la entidad revelará los supuestos aplicados para determinar el valor razonable de cada clase de activos financieros o pasivos financieros. Por ejemplo, si fuera aplicable, una entidad revelará las hipótesis relacionadas con las tasas de pagos anticipados, las tasas de pérdidas estimadas en los créditos y las tasas de interés o de descuento.
·      
  Si una entidad ha transferido activos financieros a un tercero, en una transacción que no cumple las condiciones para la baja en cuentas (véanse los párrafos 11.33 a 11.35), la entidad revelará para cada clase de estos activos financieros lo siguiente:

v La naturaleza de los activos.

v La naturaleza de los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad a los que la entidad continúe expuesta.

v El importe en libros de los activos o de cualesquiera pasivos asociados, que la entidad siga reconociendo.

·        Cuando una entidad haya pignorado activos financieros, como garantía de pasivos o pasivos contingentes, revelará lo siguiente:

v El importe en libros de los activos financieros pignorados como garantía.

v Los plazos y condiciones relacionados con su pignoración.

·        Para los préstamos por pagar reconocidos en la fecha sobre la que se informa para los que haya una infracción de los plazos o incumplimiento del principal, intereses, fondos de amortización o cláusulas de reembolso que no se haya corregido en la fecha sobre la que se informa, una entidad revelará lo siguiente:

v Detalles de esa infracción o incumplimiento.

v El importe en libros de los préstamos por pagar relacionados con la fecha sobre la que se informa.

v Si la infracción o incumplimiento ha sido corregido o si se han renegociado las condiciones de los préstamos por pagar antes de la fecha de autorización para emisión de los estados financieros

·        Una entidad revelará las siguientes partidas de ingresos, gastos, ganancias o pérdidas:

v Ingresos, gastos, ganancias o pérdidas, incluidos los cambios en el valor razonable reconocidos en:

Ø  Activos financieros medidos con el valor razonable con cambios en resultados

Ø  Pasivos financieros medidos con el valor razonable con cambios en resultados.

Ø  Activos financieros medidos ha con el costo amortizado.

Ø  Pasivos financieros medidos con el costo amortizado

v Ingresos por intereses totales y gastos por intereses totales (calculados utilizando el método del interés efectivo) para activos financieros o pasivos financieros que no se midan al valor razonable con cambios en resultados

v El importe de las pérdidas por deterioro para cada clase de activo financiero.

·        Logros que usted alcanzará en esta sección:

Al concluir el estudio de la sección, usted podrá identificar los requerimientos de información financiera para los instrumentos financieros básicos conforme a la NIIF para las PYMES. Además, mediante la realización de casos prácticos que simulan aspectos de aplicación real de dicho conocimiento, usted mejorará su capacidad para contabilizar dichos instrumentos financieros básicos, según lo establecido en la NIIF para las PYMES. Respecto al contexto de la Sección 11 de la NIIF para las PYMES, concretamente, usted obtendrá lo siguiente:

v definir un instrumento financiero, un activo financiero, un pasivo financiero y un instrumento de patrimonio

v identificar los activos financieros y los pasivos financieros que se encuentran dentro del alcance de la Sección 11

v explicar cuándo debe reconocerse un instrumento financiero y demostrar cómo contabilizar los instrumentos financieros en el reconocimiento inicial

v medir un instrumento financiero dentro del alcance de la Sección 11 en el reconocimiento inicial y en momentos posteriores

v determinar el costo amortizado de un instrumento financiero empleando el método del interés efectivo

v identificar cuándo se debe reconocer una pérdida de deterioro del valor (o la reversión de

v una pérdida por deterioro del valor) para los instrumentos financieros mantenidos al costo o costo amortizado, y demostrar cómo medir esa pérdida por deterioro del valor (o la reversión de una pérdida por deterioro del valor)

v identificar los métodos adecuados para determinar el valor razonable de las inversiones en acciones ordinarias o preferentes

v explicar cuándo debe dar de baja los activos financieros y los pasivos financieros, y demostrar cómo contabilizar dicha baja

v preparar la información adecuada sobre los instrumentos financieros que cumpliría con los requerimientos de información de la Sección 11 y

v demostrar comprensión de los juicios profesionales esenciales que se necesitan para contabilizar los instrumentos financieros básicos.

   Inventarios

En esta norma, se explica el tratamiento que debe dárseles a: los inventarios o existencias, la cantidad inventarios que será reconocido como activo y el tratamiento hasta que los correspondientes ingresos ordinarios sean reconocidos. La norma da las pautas para determinar ese inventario, así como para el posterior reconocimiento como un gasto del ejercicio.

Inventarios o existencias: son activos poseídos para ser vendidos en el curso normal de la explotación, en proceso de producción de cara a esa venta o en forma de materiales o suministros, para ser consumidos en el proceso de producción o en el suministro de servicios.

Se consideran inventarios los bienes que han sido comprados y almacenados para revender, también los productos terminados o en curso de fabricación por la empresa, así como los materiales y suministros para ser usados en el proceso productivo. En el caso de prestación de servicios, las existencias incluirán el costo de los servicios para los que la empresa aún no haya reconocido el ingreso ordinario correspondiente.

·        Alcance: Esta sección se aplica a todos los inventarios, excepto a:

v Las obras en progreso, que surgen de contratos de construcción, incluyendo los contratos de servicios directamente relacionados (véase la Sección 23, Ingresos de Actividades Ordinarias).

v Los instrumentos financieros (véase la Sección 11, Instrumentos Financieros Básicos, y la Sección 12, Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros).

v Los activos biológicos relacionados con la actividad agrícola y productos agrícolas en el punto de cosecha o recolección (véase la Sección 34, Actividades Especiales).

·        Esta sección no se aplica a la medición de los inventarios mantenidos por:

v  productores de productos agrícolas y forestales, de productos agrícolas tras la cosecha o recolección y de minerales y productos minerales, en la medida en que se midan por su valor razonable, menos el costo de venta con cambios en resultados, o

v  intermediarios que comercian con materias primas cotizadas, que midan sus inventarios con el valor razonable, menos costos de venta, con cambios en resultados.

·        Medición: Una entidad medirá los inventarios con el importe menor entre el costo [véase: párrafos 13.5 al 13.18] y el precio de venta estimado, menos los costos de terminación y venta.

El costo incluye todos los costos de adquisición, costos de transformación y otros costos incurridos para dar a los inventarios su condición y ubicación actuales. Los costos de adquisición de los inventarios comprenderán el precio de compra, los aranceles de importación y otros impuestos (que no sean recuperables posteriormente de las autoridades fiscales), el transporte, la manipulación y otros costos directamente atribuibles a la adquisición de las mercaderías, materiales o servicios.

Los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas similares se deducirán para determinar el costo de adquisición.

·        Los siguientes son ejemplos de costos excluidos del costo de los inventarios y reconocidos como gastos en el periodo en el que se incurren:

v Importes anormales de desperdicio de materiales, mano de obra u otros costos de producción.

v Costos de almacenamiento, a menos que sean necesarios durante el proceso productivo, previos a un proceso de elaboración ulterior.

v Costos indirectos de administración que no contribuyan a dar a los inventarios su condición y ubicación actuales.

v Costos de venta.

En la medida en que los prestadores de servicios tengan inventarios, los medirán por los costos que suponga su producción. Estos costos consisten, fundamentalmente, en mano de obra y otros costos del personal directamente involucrado en la prestación del servicio, incluyendo personal de supervisión y otros costos indirectos atribuibles. La mano de obra y los demás costos relacionados con las ventas, y con el personal de administración general, no se incluirán, pero se reconocerán como gastos en el periodo en el que se hayan incurrido. Los costos de los inventarios de un prestador de servicios no incluirán márgenes de ganancia ni costos indirectos no atribuibles que, a menudo, se tienen en cuenta en los precios facturados por los prestadores de servicios.

La Sección 34 requiere que los inventarios que comprenden productos agrícolas, que una entidad haya cosechado o recolectado de sus activos biológicos, deben medirse, en el momento de su reconocimiento inicial, por su valor razonable menos los costos estimados de venta en el punto de su cosecha o recolección. Éste pasará a ser el costo de los inventarios en esa fecha, para la aplicación de esta sección.

Una entidad medirá el costo de los inventarios, distintos de los tratados en el párrafo 13.17, utilizando los métodos de primera entrada primera salida (FIFO) o costo promedio ponderado. Una entidad utilizará la misma fórmula de costo para todos los inventarios que tengan una naturaleza y uso similares.

Para los inventarios, con una naturaleza o uso diferente, puede estar justificada la utilización de fórmulas de costo distintas. El método última entrada primera salida (LIFO) no está permitido en esta NIIF.

El párrafo 13.17 dice: Una entidad medirá el costo de los inventarios de partidas que no son habitualmente intercambiables y de los bienes y servicios producidos y segregados para proyectos específicos, utilizando identificación específica de sus costos individuales.
Los párrafos 27.2 al 27.4 requieren que una entidad evalúe, al final de cada periodo sobre el que se informa, si los inventarios están deteriorados; es decir, si el importe en libros no es totalmente recuperable (por ejemplo, por daños, obsolescencia o precios de venta decrecientes). Si una partida (o grupos de partidas) de inventario está deteriorada, esos párrafos requieren que la entidad mida el inventario a su precio de venta, menos los costos de terminación y venta y que reconozca una pérdida por deterioro de valor. 

Los mencionados párrafos requieren también, en algunas circunstancias, la reversión del deterioro anterior.

·        Revelaciones: Una entidad revelará la siguiente información:

v Las políticas contables adoptadas para la medición de los inventarios, incluyendo la fórmula de costo utilizada.

v E l importe total en libros de los inventarios y los importes en libros, según la clasificación apropiada para la entidad.

v E l importe de los inventarios reconocido como gasto durante el periodo.

v Las pérdidas por deterioro del valor reconocidas o revertidas en el resultado de acuerdo con la Sección 27.

v E l importe total en libros de los inventarios pignorados en garantía de pasivos.

Al terminar este módulo, usted debe conocer los requerimientos de información financiera para inventarios, de acuerdo con la NIIF para las PYMES. Además, mediante la realización de casos prácticos que simulan aspectos de aplicación real de dicho conocimiento, usted debe haber mejorado su capacidad para contabilizar dichos inventarios de acuerdo con la NIIF para las PYMES. 

En el contexto de la NIIF para las PYMES, concretamente, debe lograr lo siguiente:

v Distinguir partidas de inventarios de otros activos de una entidad.

v Identificar cuándo las partidas de inventarios reúnen las condiciones para su reconocimiento en los estados financieros.

v Medir las partidas de inventarios en el reconocimiento inicial y posteriormente.

v Identificar cuándo una partida del inventario debe ser reconocida como un gasto.

v Presentar y revelar inventarios en estados financieros.

Demostrar comprensión de los juicios profesionales esenciales que se necesitan para la contabilización de inventarios.

    Propiedad planta y equipo

Esta sección se aplicará a la contabilidad de las propiedades, planta y equipo, así como a las propiedades de inversión, cuyo valor razonable no se pueda medir con fiabilidad, sin costo o esfuerzo desproporcionado.

·        Las propiedades, planta y equipo, son activos tangibles que:

v Se mantienen para su uso en la producción o el suministro de bienes o servicios, para arrendarlos a terceros o con propósitos administrativos y

v S e esperan usar durante más de un periodo.

El concepto de propiedades, planta y equipo, excluye los activos biológicos relacionados con la actividad agrícola, los derechos mineros y reservas minerales, tales como petróleo, gas natural y recursos no renovables similares. Asimismo, excluye los activos que se mantienen para la venta en el curso normal de la operación, activos en el proceso de producción para tal venta y activos en forma de materiales o suministros que deben consumirse en el proceso productivo o en la prestación de servicios porque éstos activos son inventarios. Los activos intangibles tampoco son partidas de propiedades, planta y equipo. Se contabilizan conforme a la Sección 18, Activos

·        Intangibles Distintos de la Plusvalía.

En esta sección, se requiere que una entidad contabilice propiedades, planta y equipo a su costo en el reconocimiento inicial y, posteriormente, al costo, menos cualquier depreciación acumulada y las pérdidas por deterioro acumuladas. Como cualquier otro activo, debe cumplir con los criterios de reconocimiento; por lo tanto, la entidad reconocerá el costo de una partida de propiedades, planta y equipo como un activo si y solo si:

v es probable que la entidad obtenga los beneficios económicos futuros asociados con la partida,

v el costo de la partida puede medirse con fiabilidad.

Las piezas de repuesto y el equipo auxiliar se registran habitualmente como inventarios, y se reconocen en el resultado del periodo cuando se consumen. Sin embargo, las piezas de repuesto importantes y el equipo de mantenimiento permanente son propiedades, planta y equipo, cuando la entidad espera utilizarlas durante más de un periodo. De forma similar, si las piezas de repuesto  y el equipo auxiliar solo pueden ser utilizados en relación con una partida de propiedades, planta y equipo, se considerarán también propiedades, planta y equipo.
·        Permutas de activos: Un elemento de propiedades, planta y equipo, puede haber sido adquirido a cambio de uno o varios activos no monetarios, o de una combinación de activos monetarios y no monetarios. Una entidad medirá el costo del activo adquirido por su valor razonable, a menos que (a) la transacción de intercambio no tenga carácter comercial, o (b) ni el valor razonable del activo recibido ni el del activo entregado puedan medirse con fiabilidad. En tales casos, el costo del activo se medirá por el valor en libros del activo entregado.

Una partida de propiedades, planta y equipo, se deprecia a lo largo de su vida útil esperada. El importe depreciable tiene en cuenta el valor residual esperado al final de la vida útil del activo. El valor residual, el método de depreciación y la tasa de depreciación se deben revisar, si existe un indicio de un cambio significativo en las expectativas desde la última fecha sobre la que se haya informado.

Además, en cada fecha sobre la que se informa, la entidad evaluará si ha habido un indicio de que alguna partida de propiedades, planta y equipo ya ha sufrido un deterioro en su valor (es decir, el importe en libros excede el valor razonable estimado, menos los costos de venta). Si existiera tal indicio, deberá comprobarse el deterioro de valor de tal partida.

Factores, tales como: un cambio en el uso del activo, un desgaste significativo inesperado, avances tecnológicos y cambios en los precios de mercado podrían indicar que ha cambiado el valor residual o la vida útil de un activo desde la fecha anual más reciente, sobre la que se informa. Si estos indicadores están presentes, una entidad revisará sus estimaciones anteriores y, si las expectativas actuales son diferentes, modificará el valor residual, el método de depreciación o la vida útil. La entidad contabilizará el cambio en el valor residual, el método de depreciación o la vida útil como un cambio de estimación contable.

La depreciación de un activo comenzará cuando esté disponible para su uso, esto es, cuando se encuentre en la ubicación y en las condiciones necesarias para operar de la forma prevista por la gerencia. La depreciación de un activo cesa cuando se da de baja en cuentas. La depreciación no cesará cuando el activo esté sin utilizar o se haya retirado del uso activo, a menos que se encuentre depreciado por completo. Sin embargo, si se utilizan métodos de depreciación en función del uso, el cargo por depreciación podría ser nulo cuando no tenga lugar ninguna actividad de producción.

·        Para determinar la vida útil de un activo, una entidad deberá considerar todos los factores siguientes:

v La utilización prevista del activo. El uso se evalúa por referencia a la capacidad o al producto físico que se espere del mismo.

v E l desgaste físico esperado, que dependerá de factores operativos, tales como el número de turnos de trabajo en los que se utilizará el activo, el programa de reparaciones y mantenimiento, y el grado de cuidado y conservación, mientras el activo no está siendo utilizado.

v La obsolescencia técnica o comercial procedente de los cambios o mejoras en la producción, o de los cambios en la demanda del mercado de los productos o servicios que se obtienen con el activo.

v Los límites legales o restricciones similares sobre el uso del activo, tales como las fechas de caducidad de los contratos de arrendamiento relacionados.

·        Método de depreciación: Una entidad seleccionará un método de depreciación que refleje el patrón con arreglo al cual espera consumir los beneficios económicos futuros del activo. Los métodos posibles de depreciación incluyen el método lineal, el método de depreciación decreciente y los métodos basados en el uso; por ejemplo, el método de las unidades de producción. Si existe alguna indicación de que se haya producido un cambio significativo, desde la última fecha sobre la que se informa, la entidad revisará su método de depreciación presente, en el patrón con arreglo del cual espera consumir los beneficios económicos futuros de un activo anual. Y si las expectativas actuales son diferentes, cambiará dicho método de depreciación para reflejar el nuevo patrón. La entidad contabilizará este cambio como un cambio de estimación contable.

Cuando se disponga de una partida de propiedades, planta y equipo, las ganancias o pérdidas, obtenidas por tal disposición, se incluirán en los resultados.

·        Una entidad revelará la siguiente información, para cada categoría de elementos de propiedad, planta y equipo, que considere apropiada, de acuerdo con el párrafo 4.11(a):

v Las bases de medición utilizadas para determinar el importe en libros bruto.

v Los métodos de depreciación utilizados.

v Las vidas útiles o las tasas de depreciación utilizadas.

v E l importe bruto en libros y la depreciación acumulada (agregada con pérdidas por deterioro del valor acumuladas), al principio y final del periodo sobre el que se informa.

v Una conciliación entre los importes en libros al principio y al final del periodo sobre el que se informa, que muestre por separado:

Ø  Las adiciones realizadas.

Ø  Las disposiciones.

Ø  Las adquisiciones mediante combinaciones de negocios.

Ø  Las transferencias a propiedades de inversión, si una medición fiable del valor razonable pasa a estar disponible.

Ø  Las pérdidas por deterioro del valor reconocidas o revertidas en el resultado.

Ø  La depreciación.

Ø  Otros cambios.

No es necesario presentar esta conciliación para periodos anteriores.

v La entidad revelará también:

Ø  La existencia e importes en libros de las propiedades, planta y equipo a cuya titularidad la entidad tiene alguna restricción o está pignorada, como garantía de deudas.

Ø  El importe de los compromisos contractuales para la adquisición de propiedades, planta y equipo.

    Pasivos y patrimonios

Esta sección establece los principios para la clasificación de los instrumentos financieros como lo son pasivo o patrimonio y aborda la contabilidad de los instrumentos de patrimonio emitidos a individuos y otras partes que actúan en su capacidad como inversionistas en instrumentos de patrimonio.

·        Definiciones

v Pasivo: Es una obligación presente de la empresa debido a eventos anteriores, y para la cancelación la empresa deberá desprenderse de recursos de la entidad que conllevan a beneficios económicos.

v Patrimonio: Es el interés residual en los activos de una empresa, luego de deducir todos sus pasivos. Incluye las inversiones realizadas por la propietarios de la empresa más los incrementos de dicha inversión, ganadas mediante las operaciones rentables y conservadas para el uso en las operaciones de la empresa, menos las reducciones a las inversiones de los propietarios como resultado de operaciones no rentables y las distribuciones a los socios o propietarios.

·        Clasificación de un instrumento como pasivo o patrimonio

Algunos instrumentos financieros que cumplen la definición de pasivo se clasifican como patrimonio porque representan el interés residual de los activos netos de la entidad:

v Instrumentos con Opción de Venta: Son aquellos que le dan al poseedor el derecho de vender ese instrumento al emisor por efectivo u otro activo financiero o que el emisor vuelve a rescatar o recomprar automáticamente en el momento de un evento futuro incierto o la muerte o retiro del poseedor del instrumento. La sección 22.4 clasifica las características que debe cumplir el instrumento para poder ser clasificado como instrumento de patrimonio.

v Instrumentos o componentes de instrumentos que estén subordinados a todas las demás clases de instrumentos que se clasifiquen como patrimonio si le imponen a la empresa la obligación de venderle a terceros parte de la participación proporcional de los activos Netos de la empresa solamente en el momento de liquidación. Instrumentos que se clasifican como pasivos en lugar de patrimonio:


Ø  S i en el momento de liquidación la distribución de los activos netos está sujeta a una cantidad máxima (techo).

Ø  Instrumentos con opción de venta si cuando se practica la venta, el poseedor recibe la participación proporcional de los activos netos de la empresa (medidos de acuerdo con este IFRS).

Sin embargo si el poseedor tiene el derecho de una cantidad medida con alguna otra base, instrumento se clasificara como pasivo.

Ø  S i se obliga a la empresa a efectuar pagos al poseedor antes de la liquidación, como es el caso de los dividendos obligatorios.

Ø  E l instrumento con opción de venta se clasifica como patrimonio en los estados financieros de la subsidiaria se clasifica como pasivo en los estados financieros consolidados del grupo.

Ø  Las acciones preferentes que estipulan un rescate obligatorio, por parte del emisor, por una cantidad fija o determinable a una fecha futura fija o determinable, o le da al poseedor el derecho de requerir que el emisor rescate el instrumento o después de una fecha particular por una cantidad fija o determinable.

·        Emisión original de acciones o de otros instrumentos de patrimonio:

v Se reconoce como patrimonio cuando: la entidad emite esos instrumentos; y otra parte está obligada a proveer efectivo u otros recursos a la empresa a cambio por los instrumentos.

v Medición: al valor razonable del efectivo o de los otros recursos recibidos o por cobrar, neto de los costos directos de la emisión de los instrumentos de patrimonio.

v Caso especial: se difiere el pago y el valor del dinero en el tiempo es material: la medición inicial se tiene que hacer sobre la base del valor presente.

v Contabilización de las transacciones con instrumentos de patrimonio: los costos de transacción se deducen del patrimonio, neto de cualquier beneficio relacionado con impuestos a los ingresos.

v Presentación de los incrementos en el patrimonio que surgen de la emisión de acciones u otros instrumentos de patrimonio: en el estado de posición financiera, según sea determinado por las leyes aplicables

·        Venta de opciones, derechos y garantías:

Aplican los mismos principios que para la emisión original de acciones u otros instrumentos similares

Dividendos en acciones

v La capitalización o emisión de bonos de acciones es la emisión de nuevas acciones a los accionistas en proporción a sus acciones anteriores.

v La división de acciones, es la división de las acciones existentes de la entidad en múltiples acciones.

v Estos dos casos, que son bastante comunes, no cambian el patrimonio de la entidad.

v La entidad tiene que reclasificar las cantidades dentro según sea requerido por las leyes aplicables.

·        Deuda convertible o instrumentos financieros compuestos similares

v En la emisión de deuda convertible o instrumentos financieros compuestos similares, que contienen tanto un componente pasivo como un componente patrimonio, la entidad tiene que asignar los resultados entre el componente pasivo y el componente patrimonio.

v Para hacer la asignación, la entidad determina primero la cantidad del componente pasivo como el valor razonable de un pasivo similar que no tenga una característica de conversión o un componente de patrimonio asociado similar.

v La entidad tiene que asignar la cantidad residual como componente de patrimonio.

v Los costos de transacción se tienen que asignar entre el componente deuda y el componente patrimonio, haciéndolo con base en sus valores razonables relativos.

v La entidad no puede revisar la asignación en un período subsiguiente.

v En los períodos posteriores a cuando fueron emitidos los instrumentos, la entidad tiene que reconocer sistemáticamente cualquier diferencia entre el componente pasivo y la cantidad principal pagable en la maduración, como gasto adicional por intereses, usando el método del interés efectivo.

·        Acciones de tesorería

v Acciones propias en cartera son los instrumentos de patrimonio de la empresa que han sido emitidos e inmediatamente adquiridos por la entidad.

v La entidad tiene que deducir del patrimonio el valor razonable de la consideración dada por las acciones de tesorería.

v La entidad no puede reconocer, en utilidad o pérdida, ganancia o pérdida en la compra, venta, emisión o cancelación de las acciones de tesorería.

·        Distribuciones a los propietarios

v La entidad tiene que reducir el patrimonio por la cantidad de las distribuciones realizadas a sus propietarios (El poseedor de un instrumento de patrimonio) netas de cualquier beneficio por impuestos a los ingresos relacionados.

v Cuando en lugar de efectivo se distribuyan activos que no sean efectivo, la obligación de la distribución la contabiliza como pasivo medido al valor razonable de los activos a ser distribuidos. Interés no-controlante y transacciones en acciones de la subsidiaria consolidada

v En los estados financieros consolidados, el interés no-controlante en los activos netos de la subsidiaria se incluye en el patrimonio.

v La entidad tiene que tratar los cambios en el interés controlante que la matriz tiene en la subsidiaria y que no resultan en pérdida de control, como transacciones con los tenedores del patrimonio en su capacidad como tenedores del patrimonio.

v De acuerdo con ello, el valor en libros del interés no-controlante se tiene que ajustar para reflejar el cambio en el interés que la matriz tiene en los activos netos de la subsidiaria.

v Cualquier diferencia entre la cantidad por la cual se ajuste el interés no controlante y el valor razonable de la consideración pagada o recibida, si la hay, se tiene que reconocer directamente en patrimonio y se tiene que atribuir a los tenedores del patrimonio de la matriz.

v La entidad no puede reconocer ganancia o pérdida en esos cambios.

v Como resultado de tales transacciones la entidad no puede reconocer ningún cambio en los valores en libros de los activos (incluyendo la plusvalía) o de los pasivos.